En la mayoría de los casos los jueces adoptan las primeras medidas solo con el atestado policial. . Así se recoge, de forma taxativa, en la Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral Contra la Violencia de Género, publicada en el Boletín Oficial del Estado el 29 de diciembre de 2004.
Cinco años y medio después, esas unidades no están implantadas de forma generalizada, ni mucho menos, en el territorio nacional. Ni las comunidades autónomas con competencias en Justicia, ni el Gobierno, en las que no las tiene asumidas, las han desarrollado como prevé la ley.
Esas unidades son las que deben proporcionar al juez los informes periciales sobre todas las circunstancias que rodean a una denuncia por violencia machista, la valoración de los riesgos de reiteración delictiva, el riesgo para la mujer, así como la peligrosidad del denunciado.
Desde el Observatorio Contra Violencia Domestica y de Género, <>, como la imposición de pulseras con GPS o el ingreso en prisión del denunciado, señala al respecto la vocal del Consejo General del Poder Judicial, Inmaculada Montalban, quien preside el citado Observatorio. El magistrado debe acordar las medidas pertinentes en un máximo de 72 horas.
Pero la realidad es que la mayoría de los casos, deciden solo con el atestado policial realizado tras la denuncia de la mujer, en el que se alude a una , en el que, normalmente, se suele concluir que ese porcentaje es . Pero esa valoración se basa, fundamentalmente, en los datos aportados por la propia víctima, <>.
Por ello se reclama que ese primer informe policial se complete con otros estudios periciales, realizados tanto por psicólogos como por servicios sociales sobre el denunciado, la relación con los hijos o la situación socio-cultural en que se desenvuelven, para que de esa forma se pueda realizar una valoración más real del riesgo.
El Informe pericial ofrece más datos y tiene un sentido más global para el juez que debe decidir, por lo que se debería realizar un mayor esfuerzo en desarrollar esas Unidades de Valoración Forense Integral.
Junto a ello, desde el Observatorio se ha detectado otra carencia importante en el desarrollo de la Ley: lo relativo al ámbito educativo, cultural y de los medios de comunicación. El educativo, en el que la presidenta del Observatorio hace especial hincapié, alude a la relevancia de la asignatura Educación para la Ciudadanía, que tiene que implantarse con rigor, para formar a los jóvenes en valores de igualdad y en comportamientos no sexistas.
En estos momentos hay 350 hombres denunciados por violencia contra la mujer que están obligados por orden judicial a llevar brazaletes electrónicos para conocer en todo momento su situación. El objetivo es evitar que se puedan acercar a las denunciantes.
El pasado año, los jueces acordaron 28.782 órdenes de protección. Fallecieron ocho mujeres a manos de sus parejas o ex – parejas, y en ninguno de los casos se disponía de los informes de las unidades de valoración integral.
La última encuesta sobre la evolución de los Juzgados de Violencia contra la Mujer, en septiembre de 2008, a los tres años de su creación, dejaba datos muy reveladores: el 84,71 por ciento de los jueces no tenia los informes periciales, solo el policial. |